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Iberdrola pierde ‘round’ contra la CFE; tendrá que pagar más por transmisión de energía

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CIUDAD DE MÉXICO, MX.- El juez segundo de distrito Juan Pablo Gómez Fierro, negó un amparo a Iberdrola interpuesto contra la Comisión Federal de Electricidad (CFE); la empresa española debatía el incremento tarifario por el servicio de transmisión de energía hacia entidades privadas con permisos legados de auto abasto.

Sin embargo, el Poder Judicial de la Federación determinó darle la razón a la CFE así como a la posición del gobierno federal por cobrar más a las empresas que tienen un esquema de autoabastecimiento de energía.

Desde el pasado 1 de julio, la CFE decidió cobrar más por la transmisión de electricidad renovable y de cogeneración producida por empresas privadas para su auto abasto.

Decisión que fue implementada por la empresa estatal al reconocer que el auto abasto eléctrico generaba pérdidas promedio por 7 mil 500 millones de pesos anuales.

Cifra que se obtenía ante los bajos cargos del denominado “porteo estampilla”, ya que el esquema de auto abasto permite obtener miles de socios de las centrales con solo un peso.

Los argumentos de la empresa Iberdrola…
Entre algunos de los argumentos de la empresa Iberdrola señalados en el amparo contra la CFE, se encuentra que la aplicación de la norma podría tener implicaciones negativas a mediano y largo plazos, como:

Pérdida de las inversiones realizadas para la instalación de centrales eléctricas
Inviabilidad financiera para seguir operando las centrales, lo que podría llevar a su cierre
Eliminación de incentivos para seguir en el esquema de auto abasto
Así como desincentivar inversiones futuras.
Argumentos que fueron descalificados por el juez segundo de distrito Juan Pablo Gómez Fierro al considerar se sustentan en situaciones “hipotéticas”.

La empresa Iberdrola también destacó que con los cambios en las tarifas, sus empresas han enfrentado cargos por el servicio de transmisión con un incremento de entre 105 y 236 por ciento.

Razonamiento que también fue desacreditado al señalar que los cargos por servicios de transmisión no pueden mantenerse estáticos, sino que varían a lo largo del tiempo en función de la evaluación del sistema. (Fuente: sdpnoticias.com)

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