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Justifica IEQROO aprobación de planillas incompletas para MC y el PRD

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Por Mario Castillo

Chetumal.-La consejera presidenta del Instituto Electoral de Quintana Roo, Rubí Pacheco Pérez, aseguró que el Artículo 277 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, es inaplicable para los partidos Movimiento Ciudadano y de la Revolución Democrática, que propiciaron dejar acéfalas las candidaturas de dos primeras regidurías al incumplir con las acciones afirmativas.

MC dejó de postular la primera regiduría en Puerto Morelos, que debió ocupar una persona con discapacidad; mientras que el PRD también incumplió con una cuota de personas de la diversidad sexual en la primera regiduría de Solidaridad.

En ambos casos, la ley electoral local apunta en su Artículo 277, dejar sin registro a toda la planilla que tenga acéfala alguna posición; sin embargo, ésto refiere específicamente cuando el incumplimiento sea por cuestiones de Paridad de Género, explicó la Consejera.

Para ambos partidos, se determinó una amonestación publica y la implementación de un Procedimiento Ordinario Sancionador, como lo establece el Artículo XXVIII, Numeral 5, de los lineamientos y criterios aprobados en diciembre de 2023, precisamente antes de iniciar el proceso electoral y para dar formalidad a las acciones afirmativas, y es en lo que se sustenta lo aplicado desde el Consejo General para ambas fuerzas políticas, en el sentido de participar con espacios acéfalos.

Esos mismos criterios impiden que los partidos políticos tengan una nueva oportunidad de postular a personas en los espacios acéfalos; y en el supuesto de que alguna de esas planillas incompletas aprobadas gane la elección, las regidurías no postuladas serán ocupadas por las primeras minorías, aunque falta confirmar esto último al no existir precedente, admitió Pacheco Pérez.

Finalmente, deslizó que dejar en manos de la oposición la primera regiduría como una posición importante en el Cabildo, puede ser el costo mas alto que paguen estos partidos políticos por su incumplimiento con los grupos de atención prioritaria; es decir, por desatender las medidas afirmativas.

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