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Expertos rechazan prisión preventiva oficiosa; «cárcel no es sinónimo de justicia», dicen

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“En México, la cárcel no es sinónimo de justicia”, de hecho, en las prisiones del país se reproduce el mismo contexto de pobreza, violencia y desigualdad que lleva a las personas a estar recluidas en primer lugar, considera Daniela Ancira, abogada y cofundadora de La Cana, un proyecto que trabaja para coadyuvar en la reinserción social de mujeres privadas de su libertad.

En ese contexto y ante la próxima discusión sobre la eliminación de la prisión preventiva oficiosa en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la también maestra en Derechos Humanos tiene clara su postura, pues asegura que la medida cautelar es, básicamente, meter a una persona a la cárcel sin un juicio previo, vulnerando así la presunción de inocencia, el debido proceso y muchos otros principios que rigen el sistema de justicia penal mexicano.

“En el Código Nacional de Procedimientos Penales hay 14 medidas cautelares y una de ellas es la prisión preventiva oficiosa, en la cual, durante el tiempo que dure el juicio, la persona debe permanecer automáticamente en la cárcel”, expone en entrevista.

La prisión preventiva oficiosa es una figura jurídica que consiste en una medida cautelar para asegurar la presencia del imputado por algún delito en el juicio, la protección de los testigos, así como asegurar que el proceso pueda seguir su curso.

Para definir a los candidatos de esta medida, la Constitución cuenta con un catálogo de delitos que la ameritan por el simple hecho de que alguien sea acusado de alguno de ellos, tales como: homicidio, violación, feminicidio, secuestro, trata de personas, robo a casa habitación, entre otros.

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